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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 87 · Estrategia Nacional de Reforma del Sistema Penitenciario

Ley de Urgente Consideración · Ley N.º 19.889 de 2020

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

SECCIÓN I - SEGURIDAD PÚBLICA › CAPÍTULO VI - NORMAS SOBRE GESTIÓN DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD

(Estrategia Nacional de Reforma del Sistema Penitenciario).- Encomiéndase al Instituto Nacional de Rehabilitación la elaboración de una Estrategia Nacional de Reforma del Sistema Penitenciario que incluirá metas a corto, mediano y largo plazo. Sin perjuicio de otros elementos que oportunamente sean incluidos, deberá contener:

A) Planificación e implementación de un sistema de orden y seguridad que

asegure la vida y la integridad física y psicológica de los reclusos,

el estricto cumplimiento de los mandatos judiciales y la preservación

de la infraestructura penitenciaria.

B) Evaluación del riesgo criminal para determinar perfiles de ingreso y

egreso a partir del pronóstico de reincidencia y de daños hacia sí

mismo o terceras personas.

C) Clasificación y segmentación de la población privada de libertad.

D) Tratamiento e intervención en los medios cerrado, libre y

pospenitenciario.

E) Atención al uso problemático de drogas.

F) Infraestructura y recursos humanos y materiales apropiados.

G) Gestión de información.

H) Diagnóstico, monitoreo y evaluación de todas las actividades que se

lleven a cabo.

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