Artículo 107 · Regímenes aduaneros
Código Aduanero · Aprobado por Ley N.º 19.276 de 2014
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Regímenes aduaneros).- La mercadería de libre circulación que egrese del territorio aduanero podrá ser incluida en los siguientes regímenes aduaneros:
A) Exportación definitiva.
B) Exportación temporaria para reimportación en el mismo estado.
C) Exportación temporaria para perfeccionamiento pasivo.
D) Tránsito aduanero.