Artículo 108 · Presentación de la declaración de mercadería
Código Aduanero · Aprobado por Ley N.º 19.276 de 2014
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Presentación de la declaración de mercadería).- 1. La solicitud de inclusión de la mercadería en un régimen aduanero deberá formalizarse ante la Dirección Nacional de Aduanas mediante una declaración de mercadería. 2. La declaración de mercadería deberá ser presentada antes de la salida del medio de transporte, conforme a lo establecido en la legislación aduanera.