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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 130 · Obligaciones del arrendador

Código Aeronáutico · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.305 de 1974

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(Obligaciones del arrendador).- Son obligaciones del arrendador:

1º Hacer entrega de la aeronave en el tiempo y lugar convenidos, provista

de la documentación necesaria para el vuelo; 2º Mantener la aeronave en condiciones normales de uso hasta el fin del

contrato, salvo culpa del arrendatario.

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