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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 136 · Obligaciones del fletador

Código Aeronáutico · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.305 de 1974

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(Obligaciones del fletador).- Son obligaciones del fletador:

1º Limitar el empleo de la aeronave al uso para el cual se la contrató y

según las condiciones del contrato; 2º Pagar el precio estipulado en el lugar y tiempo convenidos.

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