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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 185 · Contralor

Código Aeronáutico · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.305 de 1974

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(Contralor).- La existencia de los seguros y la fecha de vencimiento de las pólizas respectivas se hará constar en el Registro Nacional de Aeronaves y en el certificado de matrícula de la aeronave.

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