Artículo 1074
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
La repudiación de la herencia no se presume de derecho sino en los casos previstos por la ley. (Artículo 1070, inciso 3º). (*)
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
La repudiación de la herencia no se presume de derecho sino en los casos previstos por la ley. (Artículo 1070, inciso 3º). (*)