Artículo 1260
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Los contratos, ya tengan o no, denominación particular, están sujetos a unos mismos principios generales.
Las reglas particulares a los contratos nominados se establecen en los títulos respectivos y las peculiares a las transacciones mercantiles en la ley comercial.