Artículo 1273
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
La violencia moral no afectará la validez del contrato, sino cuando por la condición de la persona, su carácter, hábitos o sexo, pueda juzgarse que ha debido naturalmente hacerle una fuerte impresión.
Tampoco afectará la validez de los contratos el mero temor reverencial. (*)