Artículo 1569
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Los herederos mayores de edad gozarán del cuadrienio íntegro, si no hubiere principiado a correr en vida de su antecesor y del residuo en caso contrario.
Los herederos menores empezarán a gozar del cuadrienio o su residuo desde que hubieren llegado a su mayor edad.
Sin embargo, en este caso no se podrá pedir la declaración de nulidad pasados veinte años desde la celebración del acto o contrato.(*)
Notas
Versiones de este artículo
Los herederos mayores de edad gozarán del cuadrienio íntegro, si no hubiere principiado a correr en vida de su antecesor y del residuo en caso contrario.
Los herederos menores empezarán a gozar del cuadrienio o su residuo desde que hubieren llegado a su mayor edad.
Sin embargo, en este caso no se podrá pedir la declaración de nulidad pasados veinte años desde la celebración del acto o contrato.(*)
Los herederos mayores de edad gozarán del cuadrienio íntegro, si no hubiere principiado a correr en vida de su antecesor y del residuo en caso contrario.
Los herederos menores empezarán a gozar del cuadrienio o su residuo desde que hubieren llegado a la mayor edad.
Sin embargo, en este caso no se podrá pedir la declaración de nulidad pasados treinta años desde la celebración del acto o contrato.
Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.