Artículo 1918
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Los socios, en cuanto a sus obligaciones respecto de terceros, deberán considerarse como si entre ellos no existiese sociedad.
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Los socios, en cuanto a sus obligaciones respecto de terceros, deberán considerarse como si entre ellos no existiese sociedad.