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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 752 757 · Artículo 752-757

Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

LOS ARTICULOS 752 A 757 HAN SIDO DEROGADOS POR EL DECRETO-LEY 14.859 (CODIGO DE AGUAS) del 15.12.78 (*)

Notas

  • Texto incluido por la Comisión Nacional, creada para la elaboración del Código Civil actualizado, por Ley Nº 15.821 de fecha 14 de agosto de 1986. La referencia se entiende realizada al Decreto-Ley Nº 14.859 de fecha 15 de diciembre de 1978, artículo 198.

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