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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 758

Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

LIBRO TERCERO - DE LOS MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO › TÍTULO III - DE LA TRADICIÓN

La tradición o entrega, es la transferencia que hace una persona a otra, de la posesión de una cosa, con facultad y ánimo de transferirle el dominio de ella. (Artículos 1252, 1335, 1337 y 1680). (*)

Notas

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