Artículo 762
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Si la cosa que se ha de entregar hace parte de una heredad, como los árboles en pie o las piedras de una cantera, etc., la tradición se verifica por la separación de estos objetos de la tierra a que adhieren, hecha con consentimiento del tradente. (*)