Artículo 964
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
<i>Albaceas o ejecutores testamentarios</i> son aquellos a quienes el testador da el encargo de hacer ejecutar sus disposiciones.
El testador puede nombrar uno o más albaceas. (*)