Artículo 1218
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Si le constare al capitán que hay diversos portadores de diferentes ejemplares de un conocimiento de la misma carga, o si hubiera mediado embargo, el capitán está obligado a pedir el depósito judicial (artículo 1128).