Artículo 259
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Si las dos cosas han perecido sin culpa del deudor, la obligación se extingue.
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Si las dos cosas han perecido sin culpa del deudor, la obligación se extingue.