Artículo 117
Código General del Proceso · Aprobado por Ley N.º 15.982 de 1988
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Forma y contenido de la demanda.-
Salvo disposición expresa en contrario, la demanda deberá presentarse por escrito y contendrá:
1) La designación del tribunal al que va dirigida.
2) El nombre del actor y los datos de su documento de identidad y
sus domicilios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
71.
3) El nombre y domicilio del demandado.
4) La narración precisa de los hechos en capítulos numerados, la
invocación del derecho en que se funda y los medios de prueba
pertinentes, conforme con lo dispuesto en el artículo siguiente.
5) El petitorio, formulado con toda precisión.
6) El valor de la causa, que deberá ser determinado precisamente,
salvo que ello no fuera posible, en cuyo caso deberá justificarse
la imposibilidad y señalarse su valor estimativo, indicándose las
bases en que se funda la estimación.
7) Las firmas del actor o de su apoderado y del abogado, salvo los
casos exceptuados por la ley. (*)
Notas
Versiones de este artículo
Forma y contenido de la demanda.-
Salvo disposición expresa en contrario, la demanda deberá presentarse por escrito y contendrá:
1) La designación del tribunal al que va dirigida.
2) El nombre del actor y los datos de su documento de identidad y
sus domicilios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
71.
3) El nombre y domicilio del demandado.
4) La narración precisa de los hechos en capítulos numerados, la
invocación del derecho en que se funda y los medios de prueba
pertinentes, conforme con lo dispuesto en el artículo siguiente.
5) El petitorio, formulado con toda precisión.
6) El valor de la causa, que deberá ser determinado precisamente,
salvo que ello no fuera posible, en cuyo caso deberá justificarse
la imposibilidad y señalarse su valor estimativo, indicándose las
bases en que se funda la estimación.
7) Las firmas del actor o de su apoderado y del abogado, salvo los
casos exceptuados por la ley. (*)
Forma y contenido de la demanda.-
Salvo disposición expresa en contrario, la demanda deberá presentarse por escrito y contendrá:
1) La designación del tribunal al que va dirigida.
2) El nombre del actor y los datos de su documento de identidad; su
domicilio real, así como el que se constituye a los efectos del
juicio.
3) El nombre y domicilio del demandado.
4) La narración precisa de los hechos en capítulos numerados, la
invocación del derecho en que se funda y los medios de prueba
pertinentes, conforme con lo dispuesto en el artículo siguiente.
5) El petitorio, formulado con toda precisión.
6) El valor de la causa, que deberá ser determinado precisamente,
salvo que ello no fuera posible, en cuyo caso deberá justificarse
la imposibilidad y señalarse su valor estimativo, indicándose las
bases en que se funda la estimación.
7) Las firmas del actor o de su apoderado y del abogado, salvo los
casos exceptuados por la ley. (*)
Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.