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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 187

Código Penal · Aprobado por Ley N.º 9.155 de 1933

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(Circunstancias agravantes)

Constituyen circunstancias agravantes especiales.

Respecto del delito previsto en el artículo 184:

1. La violencia en las personas, con armas o sin ellas.

2. La concurrencia de tres o más culpables.

Respecto de los delitos previstos en los artículos 185 y 186:

1. La violencia en las cosas.

2. La violencia en las personas, con armas o sin ellas.

3. Que el delito tenga por objeto la evasión de tres o más sujetos.

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