Artículo 133
Código Rural · Aprobado por Ley N.º 10.024 de 1941
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
Las aves domésticas que volasen a terreno ajeno son reclamables por sus dueños.
Código Rural · Aprobado por Ley N.º 10.024 de 1941
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
Las aves domésticas que volasen a terreno ajeno son reclamables por sus dueños.