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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 171

Código Rural · Aprobado por Ley N.º 10.024 de 1941

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

La falsificación de boleto de marca o señal, así como la construcción dolosa de los aparatos necesarios para marcar o señalar, son delitos contra la fe pública y serán castigados de acuerdo con lo que dispone el Título VIII Libro II del Código Penal.

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