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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 197

Código Rural · Aprobado por Ley N.º 10.024 de 1941

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

Para que los vendedores en Tablada o comisionistas de ferias o exposiciones puedan hacer nuevos certificados-guías, es necesario que los certificados-guías originales estén consignados a estos vendedores o comisionistas.

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