Saltar al contenido
Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 17 · Contribuyente

Código Tributario · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.306 de 1974

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(Contribuyente).- Es contribuyente la persona respecto de la cual se verifica el hecho generador de la obligación tributaria.

Dicha calidad puede recaer:

1.o) En las personas físicas, prescindiendo de su capacidad según el

derecho privado.

2.o) En las personas jurídicas y demás entes a los cuales el Derecho

Tributario u otras ramas jurídicas les atribuyan la calidad de

sujetos de derecho. (*)

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 112.

Ver en IMPO ↗

← Artículo 16 Ver en la norma completa Artículo 18 →