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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 18 · Trasmisión por sucesión

Código Tributario · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.306 de 1974

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(Trasmisión por sucesión).- Los derechos y obligaciones del contribuyente fallecido serán ejercidos o, en su caso, cumplidos por los sucesores a título universal, sin perjuicio del beneficio de inventario.

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