Artículo 19 · Responsable
Código Tributario · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.306 de 1974
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Responsable).- Es responsable la persona que sin asumir la calidad de contribuyente debe, por disposición expresa de la ley, cumplir las obligaciones de pago y los deberes formales que corresponden a aquél, teniendo por lo tanto, en todos los casos, derecho de repetición.