Artículo 182
Constitución de la República · Texto de 1967 con las reformas plebiscitadas
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Las funciones de los Ministros y Subsecretarios serán reglamentadas por el Poder Ejecutivo.
Notas
- Ver: Disposiciones Transitorias y Especiales de la Constitución de la.
- República letra B).