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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 34 BIS · Artículo 34-BIS

Reglamento del IRNR · Decreto N.º 149/007

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

(Responsables por obligaciones tributarias de terceros).- Designase responsables por obligaciones tributarias de terceros a los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) que hayan determinado dividendos o utilidades fictos conforme a lo dispuesto por el artículo 12 BIS del Título 8 del Texto Ordenado 1996.

No deberá realizarse la retención a que refiere el inciso anterior cuando las participaciones patrimoniales del contribuyente del IRAE coticen efectivamente en Bolsas de Valores habilitadas a operar en la República o en bolsas de reconocido prestigio internacional.

La referida excepción operará proporcionalmente en aquellos casos en que la causal no comprenda a la totalidad de las participaciones patrimoniales. (*)

Notas

  • Agregado/s por: Decreto Nº 36/017 de 13/02/2017 artículo 30.

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Versiones de este artículo

Vigente Redacción vigente Decreto N.º 36/017 · 13/02/2017

(Responsables por obligaciones tributarias de terceros).- Designase responsables por obligaciones tributarias de terceros a los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) que hayan determinado dividendos o utilidades fictos conforme a lo dispuesto por el artículo 12 BIS del Título 8 del Texto Ordenado 1996.

No deberá realizarse la retención a que refiere el inciso anterior cuando las participaciones patrimoniales del contribuyente del IRAE coticen efectivamente en Bolsas de Valores habilitadas a operar en la República o en bolsas de reconocido prestigio internacional.

La referida excepción operará proporcionalmente en aquellos casos en que la causal no comprenda a la totalidad de las participaciones patrimoniales. (*)

Anterior Texto original Decreto N.º 408 · 28/12/2012

Agrégase al inciso primero del artículo 34 del Decreto N° 149/007 de 26 de abril de 2007, el siguiente literal:

"e) Empresas administradoras de fondos de inversión abiertos por los

rendimientos de capital mobiliario que paguen o pongan a

disposición de sus cuotapartistas."

Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.

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