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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 42 · Obligaciones de los responsables

Reglamento del IRNR · Decreto N.º 149/007

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

(Obligaciones de los responsables).- Los responsables, excepto cuando existan disposiciones expresas en contrario, deberán:

a) Emitir resguardos a los contribuyentes por los montos que les

hubieren retenido o percibido en cada ocasión.

b) Verter dichos importes, en los plazos y condiciones que establezca

la Dirección General Impositiva.

c) Presentar declaración jurada de las retenciones y percepciones

efectuadas, en los plazos y condiciones que establezca la

Dirección General Impositiva.

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