Artículo 156
Reglamento del IRAE · Decreto N.º 150/007
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
Salto Grande.- Quedarán también exoneradas las rentas derivadas de las obras, servicios y aprovisionamiento suministrados por subcontratistas y por proveedores de contratistas, subcontratistas y de la Comisión Técnica Mixta siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo anterior.
A los efectos del presente artículo y del que antecede, la Comisión Técnica Mixta deberá proporcionar el correspondiente certificado de recepción en obra, que justifique que el bien o servicio cumple con las condicionantes exigidas. (*)