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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 181

Reglamento del IRAE · Decreto N.º 150/007

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

CAPÍTULO VIII - RESPONSABILIDAD

Responsabilidad solidaria.- La responsabilidad solidaria de socios y directores queda limitada a las obligaciones fiscales de pago de la sociedad, vencidas a la fecha en que cedieron su cuota, dejaron de pertenecer a la empresa o de integrar el directorio. (*)

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 183 (vigencia).

Ver en IMPO ↗

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