Artículo 32
Reglamento del IVA · Decreto N.º 220/998
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
Venta de bienes y mercaderías a turistas para las ciudades de Rivera y Chuy - Bienes comprendidos.- El régimen previsto en el Decreto Nº 367/995 de 4 de octubre de 1995, será de aplicación exclusiva a los bienes y mercaderías detalladas en el Decreto Nº 320/993 de 7 de julio de 1993 y modificativos. (*)