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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 75

Reglamento del IVA · Decreto N.º 220/998

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

Contratistas de exploración o explotación de hidrocarburos.- La exoneración establecida por el Decreto-Ley Nº 15.294 de 23 de junio de 1982 sólo comprende a las operaciones realizadas por los sujetos pasivos del Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio, por las actividades comprendidas en lo dispuesto por el artículo 60º del Título 4 del Texto Ordenado 1996. En consecuencia, no están comprendidas en la exoneración las demás actividades que puedan realizar, aun cuando trasladen el impuesto a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland o a las empresas contratistas.

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