Saltar al contenido
Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 14

Reglamento de la vivienda promovida · Decreto N.º 355/011

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

(Otros beneficios). Los beneficios que otorgan el presente decreto y la ley que reglamenta, son incompatibles con otros beneficios tributarios promocionales, excepto los derivados del Decreto N° 110/016, de 18 de abril de 2016 y demás normativa complementaria, referida a estacionamientos. (*)

Notas

  • Redacción dada por: Decreto Nº 34/017 de 06/02/2017 artículo 9.
  • TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 355/011 de 06/10/2011 artículo 14.

Ver en IMPO ↗

Versiones de este artículo

Vigente Redacción vigente Decreto N.º 34/017 · 06/02/2017

(Otros beneficios). Los beneficios que otorgan el presente decreto y la ley que reglamenta, son incompatibles con otros beneficios tributarios promocionales, excepto los derivados del Decreto N° 110/016, de 18 de abril de 2016 y demás normativa complementaria, referida a estacionamientos. (*)

Anterior Texto original Decreto N.º 355 · 11/10/2011

(Otros beneficios).- Los beneficios que otorga el presente decreto y la ley que reglamenta, son incompatibles con otros beneficios tributarios promocionales.

Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.

← Artículo 13 Ver en la norma completa Artículo 15 →