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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 82

Artículo derogado. Se conserva por su valor histórico; no está vigente. Las notas indican la norma derogatoria.

Plan Nacional de Viviendas · Ley N.º 13.728 de 1968

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

(*)

Notas

  • Derogado/s por: Decreto Ley Nº 15.322 de 17/09/1982 artículo 34.
  • TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 13.728 de 17/12/1968 artículo 82.

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Versiones de este artículo

Vigente Redacción vigente Redacción vigente

(*)

Anterior Texto original Ley N.º 13.728 · 27/12/1968

Todas las instituciones bancarias deberán integrar sus encajes en Obligaciones Hipotecarias Reajustables, en las proporciones que el Banco Central del Uruguay fije.

Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.

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