Artículo 118
Ley de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos · Decreto-Ley N.º 14.219 de 1974
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
La presente ley comenzará a regir a partir del 1º de agosto de 1974, fecha desde la cual queda sin efecto el decreto del Poder Ejecutivo Nº 285/974, de 17 de abril de 1974, dictado como Medida Pronta de Seguridad, (artículo 168, inciso 17 de la Constitución de la República).