Artículo 16
Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo · Decreto-Ley N.º 15.524 de 1984
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
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Versiones de este artículo
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La Procuraduría del Estado en lo Contencioso Administrativo es un órgano técnico, independiente en el ejercicio de sus funciones que, bajo la jefatura del Procurador del Estado, tiene a su cargo el cometido de dictaminar según su convicción estableciendo las conclusiones que crea arregladas a derecho en todos los asuntos de la Jurisdicción del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Este podrá asimismo disponer para mejor proveer el dictamen del Procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo.
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