Artículo 101
Ley Orgánica de la Judicatura y de Organización de los Tribunales · Ley N.º 15.750 de 1985
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Las funciones de Juez se suspenden:
1º) Por hallarse procesado por delito.
2º) Por sentencia judicial que le imponga la pena de suspensión.
3º) Por resolución de la Suprema Corte de Justicia dictada como
medida preventiva o sancionatoria en un procedimiento disciplinario.
4º) Por licencia.