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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 100

Ley Orgánica de la Judicatura y de Organización de los Tribunales · Ley N.º 15.750 de 1985

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

CAPÍTULO IV - DE LA SUSPENSION Y CESACION DEL JUEZ EN SUS FUNCIONES

El Juez cesa en sus funciones:

1º) Por inhabilitarse física o moralmente.

2º) Por destitución dispuesta por la Suprema Corte de Justicia, dictada

en procedimiento disciplinario.

3º) Por haber sido condenado por delito que por su naturaleza sea

incompatible con la dignidad y decoro de su función, extremos que

serán apreciados por la Suprema Corte de Justicia.

4º) Por entrar a ejercer un cargo declarado incompatible con el

ejercicio de la magistratura.

5º) Por jubilación aceptada.

6º) Por renuncia aceptada.

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