Artículo 170
Ley Orgánica de la Judicatura y de Organización de los Tribunales · Ley N.º 15.750 de 1985
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
La presente ley entrará en vigencia a partir de su promulgación por el Poder Ejecutivo.
Ley Orgánica de la Judicatura y de Organización de los Tribunales · Ley N.º 15.750 de 1985
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
La presente ley entrará en vigencia a partir de su promulgación por el Poder Ejecutivo.