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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 54

Ley de Zonas Francas · Ley N.º 15.921 de 1987

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

El Poder Ejecutivo destinará el 100% (cien por ciento) de lo percibido anualmente en concepto de canon de las zonas temáticas de servicios audiovisuales a las líneas de producción de contenidos audiovisuales nacionales del Fondo de Fomento Cinematográfico y Audiovisual creado por la Ley N° 18.284, de 16 de mayo de 2008. (*)

Notas

  • Agregado/s por: Ley Nº 19.566 de 08/12/2017 artículo 21.

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