Saltar al contenido
Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 12 · Referencia a valores constantes

Ley de la Seguridad Social · Ley N.º 16.713 de 1995

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(Referencia a valores constantes).- Las referencias monetarias mencionadas en la presente ley, están expresadas en valores constantes correspondientes al mes de mayo de 1995 y se ajustarán por el procedimiento y en las oportunidades establecidas en el artículo 67 de la Constitución de la República. (*)

Notas

  • Reglamentado por: Decreto Nº 125/996 de 01/04/1996.
  • Ver en esta norma, artículos: 62 y 76.

Ver en IMPO ↗

← Artículo 11 Ver en la norma completa Artículo 13 →