Artículo 84
Ley de la Seguridad Social · Ley N.º 16.713 de 1995
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Emisión de cheques). En los cheques emitidos por el Banco de Previsión Social, destinados al pago de jubilaciones, pensiones y otros beneficios, podrá sustituirse la firma autógrafa por signos o contraseñas impuestos o impresos mecánica o electrónicamente.