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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 4 · Cláusulas de exclusión

Ley de Refugiados. Derecho al refugio y a los refugiados · Ley N.º 18.076 de 2006

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

(Cláusulas de exclusión).- No tendrán derecho a gozar de la condición jurídica de refugiado en territorio uruguayo; las personas respecto de las cuales existen motivos fundados para considerar que:

A) Han cometido un delito contra la paz, un delito de guerra o un

delito contra la humanidad, tal como se hayan definidos por el

derecho internacional.

B) Han cometido un grave delito común, en consonancia con los

principios de derecho universalmente aceptados; fuera del

territorio nacional y antes de ser admitidas en él como

refugiados.

C) Se han hecho culpables de actos contrarios a los propósitos y

principios de la Organización de la Naciones Unidas.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 5.

Ver en IMPO ↗

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