Artículo 89
Ley de Reforma Tributaria · Ley N.º 18.083 de 2006
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Adécuase el aporte patronal jubilatorio de la Intendencia Municipal de Montevideo al de los restantes Municipios, de acuerdo a la siguiente escala:
FECHA TASA
Desde el 1º de julio de 2007 18,5%
Desde el 1º de enero de 2008 17,5%
Desde el 1º de enero de 2009 16,5%