Artículo 111 · Créditos subordinados
Ley de Proceso Concursal · Ley N.º 18.387 de 2008
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Créditos subordinados).- Son créditos subordinados:
1) Las multas y demás sanciones pecuniarias, de cualquier naturaleza.
2) Los créditos de personas especialmente relacionadas con el deudor.