Artículo 403
Ley de Presupuesto Nacional 2025-2029 · Ley N.º 20.446 de 2025
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
Los funcionarios profesionales y técnicos pertenecientes a los escalafones A "Personal Profesional" y B "Técnico Profesional" del Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social" que presten efectivamente funciones en la unidad ejecutora 003 "Dirección Nacional de Empleo", percibirán una compensación especial, equivalente al 25 % (veinticinco por ciento) de las retribuciones sujetas a montepío, excluidas las partidas variables, la prima por antigüedad y los beneficios sociales.
A efectos de financiar la partida dispuesta en el inciso anterior, reasígnanse en el Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social", Proyecto 000 "Funcionamiento", Financiación 1.1 "Rentas Generales", los importes en pesos uruguayos en los programas, unidades ejecutoras y objetos del gasto que se indican:
| Programa | UE | ODG | Importe |
|---|---|---|---|
| 501 | 001 | 095.005 | -8.537.220 |
| 500 | 003 | 095.005 | -3.362.803 |
| 501 | 004 | 095.005 | -10.000.000 |
| 500 | 003 | 042.520 | 16.157.410 |
| 500 | 003 | 059.000 | 1.346.451 |
| 500 | 003 | 081.000 | 3.413.253 |
| 500 | 003 | 082.000 | 175.039 |
| 500 | 003 | 087.000 | 807.870 |