Saltar al contenido
Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 577

Ley de Presupuesto Nacional 2025-2029 · Ley N.º 20.446 de 2025

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

Asígnase en el Inciso 21 "Subsidios y Subvenciones", programa 341 "Calidad de la educación", unidad ejecutora 011 "Ministerio de Educación y Cultura", Proyecto 000 "Funcionamiento", Financiación 1.1 "Rentas Generales", objeto del gasto 519.006 "Fondos destinados al Instituto Evaluación Educativa", una partida anual de $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos) con destino al Instituto Nacional de Evaluación Educativa.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).

Ver en IMPO ↗

← Artículo 576 Ver en la norma completa Artículo 578 →