Artículo 1515
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Los efectos de que no hubiere conocimientos firmados por el capitán o que no se hallen en la lista o manifiesto de la carga, no se pagan si son alijados; pero contribuyen al pago de la avería común si se salvaren.