Artículo 303
Código General del Proceso · Aprobado por Ley N.º 15.982 de 1988
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Efectos de la jactancia.-
La caducidad del derecho a que refiere el artículo 302.1, será objeto de declaración especial si mediare petición de parte solicitando la efectividad del apercibimiento. (*)
Notas
Versiones de este artículo
Efectos de la jactancia.-
La caducidad del derecho a que refiere el artículo 302.1, será objeto de declaración especial si mediare petición de parte solicitando la efectividad del apercibimiento. (*)
Efectos de la jactancia.-
La caducidad del derecho a que refiere el artículo 302.1, será objeto de declaración especial por el tribunal que haya entendido en la jactancia si mediare petición de parte solicitando la efectividad del apercibimiento. (*)
Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.