Artículo 4
Código General del Proceso · Aprobado por Ley N.º 15.982 de 1988
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Igualdad procesal.-
El tribunal deberá mantener la igualdad de las partes en el proceso.
Código General del Proceso · Aprobado por Ley N.º 15.982 de 1988
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Igualdad procesal.-
El tribunal deberá mantener la igualdad de las partes en el proceso.